Nota de prensa en relación a la sentencia sobre el PGO
En primer lugar nuestra opinión es que la sentencia no debería recurrirse y que debería cumplirse, emitiendo los servicios técnicos y jurídicos municipales sus respectivos informes, y sometiéndose el Texto Refundido del PGO al Pleno. Lo contrario, sería hacer dejación de la competencia municipal en la ordenación de su territorio, en este caso a través del Pleno.
Lo que nos ha parecido una pena es que la demanda de la Asociación de Vecinos se centrara exclusivamente en la falta de aprobación por el Pleno del Texto Refundido para solicitar la anulación de su aprobación definitiva por la CUOTA; y es que pensamos que, subsanando ese defecto, vamos a decir, «de trámite», quedaría «santificado» un PGO que deja mucho que desear desde el punto de vista de la sostenibilidad que debe inspirar el desarrollo urbano del concejo, entre otras razones por prever un crecimiento residencial absolutamente desproporcionado en relación a las necesidades de sus habitantes. Se prevé suelo urbanizable para 2.422 nuevas viviendas en un concejo con 6.215 viviendas censadas en 2011, 1.315 de ellas vacías.
Creemos que, en todo caso, cabe manifestar oposición al modelo desarrollista de este plan. No descartamos solicitar que el Ayuntamiento deje en suspenso la aprobación del texto refundido y se sometan a nueva información pública todas aquellas modificaciones que se hayan introducido sobre el documento aprobado inicialmente por prescripción de la CUOTA en su acuerdo de aprobación definitiva. Creemos que, ante la gran cantidad de prescripciones y su calado, la CUOTA no debió aprobar definitivamente el PGO al completo, porque los cambios necesarios no son «de escasa importancia», tal como exige el artículo 234 del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Por otra parte, en reciente reunión mantenida entre la AV Río Espasa, la alcaldesa y los representantes de los grupos políticos en el ayuntamiento de Carreño, todas las presentes acordamos esperar por los informes técnicos pertinentes sobre la interpretación de la sentencia y valorar su contenido de forma conjunta en una nueva reunión. Consideramos por tanto que el tema aún está abierto y sujeto a revisiones.
En Carreño a 15 de diciembre de 2015