SOMOS CARREÑO-PODEMOS SE ABSTIENE EN LA APROBACIÓN DEL RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE LAS FACTURAS PENDIENTES DE 2017
Queremos recordar que viene este asunto al pleno tras nuestra oposición a aprobar un reconocimiento extrajudicial de facturas en el año 2018, hace ahora más de un año. El importe de aquellas facturas pendientes de pago sin asignación presupuestaria era de más de 400.000 €, tras haber sido ya aprobado otro de más de 200.00 € en diciembre de 2017. Ya dijimos entonces que El reconocimiento extrajudicial de créditos se configura como un procedimiento excepcional conducente a la conversión de actos que conforme al ordenamiento jurídico son nulos de pleno derecho. En ese sentido votamos entonces en contra y forzamos, junto con el resto de grupos de la oposición a un análisis detallado de las facturas que desembocó en una propuesta por parte de la intervención y secretaría y determinó el inicio de un procedimiento de revisión de oficio para las que ahora vienen a este pleno, liberándose el resto para permitir su abono.
En esta ocasión, se nos presenta tras el procedimiento llevado a cabo, los cuatro grupos de facturas que habían quedado pendientes. En el caso de las facturas pertenecientes a los proveedores de servicios: ELSTER IBERCONTA, CORREOS Y TELÉGRAFOS y EDP, nos dicen los informes técnicos que no ha sido necesario acudir a la revisión de oficio, dado que para cada uno de ellos consta una relación de prestación del servicio de más de 10 años, en algunos casos con prórrogas que en su día de llevaron a cabo (sin precisar este dato). Hay que señalar que la antigüedad en la prestación del servicio no es razón para la inexistencia de un contrato, tal como marca la ley. En este caso así sucedía, estos proveedores estaban prestando un servicio al ayuntamiento sin la existencia de un contrato en vigor.
En el caso de la guardería canina ARCO IRÍS, que es el proveedor que falta, sí que ha sido necesario el procedimiento de revisión de oficio, sin perjuicio de otros procedimientos que están en marcha en torno a este asunto concreto (un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la propietaria de la guardería y unas investigaciones de Fiscalía sobre supuestas irregularidades en algunas facturas). En este caso el dictamen del Consejo Consultivo declara la nulidad de pleno derecho del acto administrativo de adjudicación (que hay que recordar que fue un contrato verbal, procedimiento éste totalmente ilegal) e indica el abono de las facturas que se le adeudan en las condiciones establecidas por el mismo.
Dicho esto, nuestro grupo ya no va a votar a favor de ningún Reconocimiento Extrajudicial de Facturas. Somos conscientes de que es un procedimiento que puede emplearse en algunos casos debidamente motivados y eso es lo que haremos, analizar las motivaciones de cada caso y obrar en consecuencia. En el caso de las facturas que vienen hoy al pleno: valoramos positivamente el esfuerzo que se está realizando desde el ayuntamiento en materia de contrataciones para evitar que vuelvan a prestarse servicios o realizar compras sin contrato ni fondos asignados. Sabemos que se está llevando a cabo un esfuerzo importante que está dando sus frutos, pues ya se ha avanzado en muchas materias y así lo reconocemos. Por otra parte, no está haciéndose más que cumplir con los preceptos legales en aplicación de la entrada en vigor en 2017 de la nueva LCSP (Ley de Contratos del Sector Público). Por lo tanto, no vamos a votar a favor, pero tampoco vamos a bloquear. Nuestra postura va a ser la abstención, en coherencia con nuestra posición en contra de los reconocimientos extrajudiciales de facturas, tal como ya dijimos.
Este es el resultado de la votación del pleno en este punto: A favor: PSOE (6), ausente un concejal – PP (3) TOTAL: 9. Abstenciones: IU (5) – SOMOS Carreño-PODEMOS (2) TOTAL: 7. No hay votos en contra. Resulta aprobado el Reconocimiento Extrajudicial de las facturas y por lo tanto su abono.