Se inicia el primer pleno ordinario del año 2021, que se desarrolla por videoconferencia a causa de la situación sanitaria, sometiendo a aprobación el acta del último pleno ordinario de 29 de diciembre del pasado año. Está ausente Ángel García, portavoz de Izquierda Unida.
Antes de someter el acta a aprobación invocamos una cuestión de orden y pasamos a exponer nuestras razones:
- En lo relativo al enunciado del punto 3 del pleno, Plan General de Ordenación de Carreño. Inicio de tramitación de la Aprobación Provisional PGO en Perlora y Aboño y posteriormente del Texto Refundido.-Expte: 1227/2010. Hay que partir de la base de que es aberrante este planteamiento, pero lo es ya desde la comisión de urbanismo del día 16 de diciembre de 2020 donde apareció este enunciado por primera vez: No tiene sentido hablar de una tramitación de la Aprobación Provisional del PGO y posteriormente del TR, eso es incorrecto puesto que esa tramitación que se enuncia, insistimos que errónea, se salta el Documento de Prioridades, y la Aprobación Inicial, previas a una Aprobación Provisional. Por lo que una vez más nos volvemos a meter en un callejón que abre la puerta a no se sabe qué, ya lo veremos, por incompetencia o por intereses ocultos o que no están muy claros al menos ni explicados, ni a la ciudadanía de Carreño ni a este grupo político municipal.
- Pero es que no está ahí la cuestión que queremos plantear, ese será otro debate, esperamos, y aquí ahora toca hablar del acta del pasado pleno…. Porque visto que el punto del debate ya está mal formulado desde la comisión de urbanismo (según nuestra interpretación), llevándose mal formulado al pleno, decimos que el punto a debate no fue expuesto previamente, antes de iniciado el debate en sí con las intervenciones de los distintos grupos (con lo que tanto la ciudadanía como los grupos políticos, al menos este que suscribe, no tienen ni idea de qué es lo que allí debatimos exactamente), vamos ahora a lo que figura en el acta:
- Todo lo que figura en esta acta antes del inicio de las intervenciones (Páginas. 14 a 66, donde se inicia la primera intervención, de SOMOS Carreño-PODEMOS) no se expuso durante la sesión, por lo tanto, no debería de aparecer. Sobre nada de lo que ahí figura se hizo mención expresa ni resumen alguno por lo que entendemos que no deberían de figurar en el acta y sino ahí está la grabación del pleno para verificarlo.
- Así mismo, lo que figura en páginas 84 y 85 tampoco, es decir el supuesto acuerdo aprobado. En el video de la grabación del pleno puede verse lo que la alcaldesa dice en ese momento y no hace mención en ningún momento a esos seis puntos que figuran en esta acta, es decir, no se dijo en el pleno que esos seis puntos fueron el acuerdo que se votó. Es mentira, eso no se dijo, por lo tanto, eso no se votó. Lo que se votó literalmente es “queda aprobada la propuesta de iniciar la tramitación”, minuto 64 de la grabación del canal de Carreño Digital, ahí está para verlo y oírlo. Esos acuerdos que ahí figuran no se votaron por la sencilla razón de que no se enunciaron en ningún momento previo, ni durante ni posterior a la votación.
- Pedimos por tanto retirar esta acta de la aprobación y corregirla. Un acta tiene que recoger lo hablado y expuesto en el pleno. Mucho de lo que figura en esta acta en relación al punto 3 nunca se habló, ni se planteó, ni se expuso en ningún momento de la sesión. No sabemos cuál es el motivo de reflejarlo en el acta. No sabemos quién dio la orden de incluirlo ni quién tiene interés en que esto salga así. Nadie puede escribir en un acta lo que no se dijo. No se puede alterar el contenido de un pleno de esta manera. ¿Quién es el o la responsable de esto? ¿No es esto falsedad en documento público?
- No sólo no aprobamos esta acta, es que ni la pensamos votar y además la “denunciamos” porque lo que ahí constan son cosas que no se manifestaron en el pleno.
Se produce entonces un turno de intervenciones en el que el Partido Popular solicita al secretario aclaraciones al respecto de lo manifestado por nuestro grupo. Izquierda Unida interviene para posicionarse en contra de la aprobación del acta con argumentos similares y abundando en más detalles. El secretario interviene a continuación y en su exposición avala el acta con distintos argumentos. En primer lugar, al tratarse de un acto administrativo de trámite no es recurrible por lo que esta acta no puede impugnarse, según él, esgrimiendo además que se trata de un acuerdo político de mero trámite, por lo tanto, no es recurrible… “salvo que un juez diga lo contrario”. Con respecto al enunciado del punto “no hay posibilidad de cambiarlo, se decidió así, … fue lo que fue”. Además, defiende y se responsabiliza él mismo del contenido del acta y asegura que todo lo que ahí consta es neutro y no pretende decantar el asunto hacia ningún lado, asegurando que todo es legal y que, aunque no se hayan pronunciado las palabras recogidas en el acta ni mostrado o referenciado los documentos que aparecen en la misma, esto se ha hecho para aportar transparencia y claridad a la comprensión del asunto y recalca que todo lo que figura en el acta que estamos tratando de impugnar es “absolutamente neutro, no dice nada, … no hay ni un solo gramo de creación de ningún tipo ”. Por último, nos advierte que si nos ausentamos de la votación nuestra posición será interpretada como una abstención.
Por nuestra parte nos volvemos a manifestar contrarios a esta acta, solicitando se revise y corrija tal como dijimos en un principio. Además, nos reservamos acudir a un asesoramiento sobre la legalidad de esta acta. Y le señalamos al secretario que en política no hay actos neutros y que vemos claramente que tras esta maniobra a nuestro entender hay uno o varios intereses que se apartan del interés general.
Llegada la votación del acta esta resulta aprobada con los votos favorables del PSOE y del Partido Popular. Izquierda Unida y SOMOS Carreño votamos en contra.
Continúa el pleno con la dación de cuentas de varias resoluciones de la alcaldía relativas a cambios en la organización municipal derivados de la incorporación del concejal del PSOE Ángel Luis Ruiz:
- Modificación de tenencias de alcaldía y delegaciones.
- Modificación de presidencias de patronatos municipales.
- Modificación de representantes en las comisiones informativas derivados de la incorporación del nuevo concejal.
Al tratarse de una dación de cuentas no tiene lugar votación sobre estas resoluciones.
A continuación, y derivado de esta incorporación del nuevo concejal del PSOE se han reorganizado las comisiones informativas produciéndose algunos cambios. En esta ocasión si se someten a votación estos cambios pues afectan a la estructura organizativa, produciéndose algún cambio de nombre de alguna de las comisiones informativas. Tras explicarse los cambios, se somete a votación, resultando aprobados por unanimidad.
El punto siguiente es la dación de cuentas de la llegada al ayuntamiento de una notificación del Consorcio Albergue y Refugio de animales (ARA) del acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 4-12-2020, por el que se da por enterado de la separación del Ayuntamiento de Carreño de dicho Consorcio.
Se tratan las resoluciones de alcaldía, sobre las que no se produce ninguna intervención.
A continuación, se informa sobre dos sentencias judiciales:
– Sentencia nº 4/2021 del Juzgado Social nº 1 de Xixón en P.O. 398/2020. En la que se estima la demanda de Dolores Villameriel, trabajadora del Museo Antón, declarándola como trabajadora con contrato indefinido.
– Sentencia nº 9/2021 del Juzgado Social nº 4 de Xixón en P.O. 384/2020. En la que se acepta la demanda de otra trabajadora del Patronato Centro de Escultura Museo Antón, declarando su relación contractual con el Patronato como indefinida no fija.
Llegamos por último al apartado de ruegos y preguntas. En este enlace puedes ver las preguntas que planteamos en el pleno: preguntas al pleno del 28 de enero de 2021.
Y en este enlace puedes ver la grabación del pleno: Pleno Municipal de Enero de 2021